Registro Civil

Es una dependencia que se encuentra dentro del Área de Secretaria General, pero desde el punto de vista funcional depende del RENIEC, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26497 Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y su Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98 PCM, oficina que tiene la responsabilidad del registro de todos los hechos vitales, como, registros de nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios, y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas.

Tramites

  1. INSCRIPCIÓN ORDINARIA DE NACIMIENTO

Requisitos para inscripción extemporánea de nacimiento

  1. Certificado de nacido vivo
  2. INSCRIPCIÓN EXTEMPORÁNEA DE NACIMIENTO DE MENOR DE EDAD

Requisitos para inscripción extemporánea de nacimiento

  1. Certificado de nacido vivo
  2. Partida de bautizo
  3. Certificado de matrícula escolar, certificado de estudios.
  4. Declaración jurada de dos testigos

Acciones

  • Llevar los registros de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones ocurridos en el ámbito de su jurisdicción.
  • Organizar y efectuar la conservación y mantenimiento de los Registros Civiles.
  • Expedir copias certificadas de las Partidas de los Registro Civiles.
  • Coordinar y apoyar los Programas de difusión de la importancia de los Registros Civiles.
  • Realizar Matrimonios con arreglo a Ley.
  • Efectuar las inscripciones y rectificaciones de Partidas de los Registros Civiles por mandato de Ley y asimismo cumplir con las inscripciones extraordinarias.
  • Efectuar Coordinaciones con Instituciones Tutelares del Estado y otras Entidades, a fin de reportar, información referente a inscripción de Nacimientos de funciones, Matrimonios, divorcios y otros referentes a las funciones propias que cumple en materia de Registro Civil.

Matrimonio Civil

  1. Partida de nacimiento y/o Acta de Nacimiento de cónyuges.
  2. Constancia de soltería, emitida por la municipalidad donde se encuentra registrada su partida de nacimiento.
  3. Certificado domiciliario emitido por alguna autoridad de su localidad.
  4. Fotocopia del DNI, de los contrayentes.
  5. Fotocopia de los DNIs, de los testigos mayores de edad.
  6. Certificado médico emitida por un Centro de Salud, Hospital Clínica.
  7. Derecho de pago por Celebración del Matrimonio Civil, según el TUPA:
    1. En horario de oficina 80.00 nuevos soles.
    2. Fuera de horario de oficina, 120 nuevos soles.
  8. Todos los documentos deben ser presentados 15 días hábiles antes de la fecha de celebración del Matrimonio Civil.

Inscripción de Defunción

  1. Fallecimiento natural
  • Documento de Sustento (Certificado de defunción).
  1. Fallecimiento Violento (homicidios, accidentes, suicidios, etc)

Requisitos

  • Certificado de defunción expedido por el médico legista.
  • Certificado de defunción, expedido por el médico que el Fiscal designe.
  • Oficio Policial en caso de muerte violenta por hecho de tránsito.
  • Oficio del Fiscal Provincial, en la etapa de investigación de muerte sospecho de hecho punible.
  • Parte judicial emitido por la judicatura que sigue proceso penal.
  • Oficio de Juez instructor Permanente del Consejo Supremo de Justicia Militar.
  1. Mandato Judicial

Requisitos

  • Inscripción de defunción por orden judicial.
  • Inscripción de defunción por muerte presunta.
  • Inscripción de ausencia por desaparición forzada.